Primera: La organización de cada prueba es independiente de la organización de este Circuito, y por tanto será la encargada de elaborar el reglamento de competición de la misma, que será proporcionada por los Ayuntamientos o entidades organizadoras. Segunda: Los ciclistas que hayan sido sancionados por doping, tampoco podrán optar a premios en metálico ni a clasificaciones en ninguna de las pruebas que componen el Circuito, ni a la clasificación final del Circuito.
Con objeto de resolver cualquier incidencia o aspecto que permita mejorar la calidad del servicio que se presta desde el CIRCUITO, se crea UN COMITÉ ORGANIZADOR, integrado por:
El Jefe del Servicio de Educación Cultura, Juventud y Deportes. El Jefe de Sección de Juventud y Deportes. La Diputada Provincial- Delegada de Deportes. Un representante de cada uno de los Municipios en los que se llevan a cabo algunas de las pruebas del circuito, designados por los Ayuntamientos.
Su misión fundamental es velar por el establecimiento de las condiciones mínimas necesarias a los organizadores de las pruebas que integran el CIRCUÍTO, bien sean Ayuntamientos o Clubes, con objeto de mejorar las condiciones de participación de los ciclistas que participan en los mismos, así como de la proyección hacia el exterior de esta prueba deportiva.
Tercera: Todos los ciclistas inscritos en el Circuito y que acrediten su participación en las ONCE pruebas del circuito. recibirán de la organización, un obsequio como recuerdo de su participación en el mismo. Cuarta: La inscripción en el III Circuito Provincial de BTT "DIPUTACIÓN DE ALBACETE no supone ningún derecho ni privilegio respecto a las normas y reglamentos exigidos en la convocatoria de cada una de las pruebas, por lo que cada corredor-a tendrá que atenerse y aceptar las bases que regulen las competiciones de cada una de las pruebas que lo integran.
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